PRIMERA.- Objeto
Con el objetivo de dar a conocer el 15º aniversario de la compañía, la entidad mercantil Aguas de Benahavís, S.A., con domicilio social en Benahavís (Málaga), Plaza Huerto de Salvarito, s/n, y provista de NIF A-93026680 (en adelante, “Aguas de Benahavís”), promueve la realización del 1º concurso de arte urbano.Pintura de Alcantarillas, la cuál se regirá, en términos generales, por las presentes bases legales (en adelante, “las Bases Legales”).
SEGUNDA. – Condiciones particulares
Los requisitos necesarios para participar en el 1º concurso de arte urbano. Pintura de Alcantarillas, se describen en el punto “requisitos para participar”, en el cual se incluirá, entre otra, la información relativa a la duración de la acción correspondiente, la forma de participación y los premios asociados a la misma.
TERCERA.- Periodo de inscripción
Las fechas de comienzo y de finalización de inscripción para participar en el 1º concurso de arte urbano. Pintura de Alcantarillas, será del 14 de abril de 2025 al 14 de mayo de 2025, ambos inclusives.
CUARTA.- Ámbito territorial del concurso
El 1º concurso de arte urbano. Pinturas de alcantarillas, será válido para cualquier territorio debido a que se trata de una acción presencial que se describe en el punto “requisitos para participar”.
QUINTA.- Naturaleza del concurso
La participación en el 1º concurso de arte urbano. Pintura de alcantarillas, realizada por Aguas de Benahavís es gratuita y se articulará bajo la mecánica de puntuación de la participación de cada uno de los artistas inscritos.
SEXTA.- Requisitos de participación
Podrán participar todas aquellas personas físicas, incluidos los artista urbanos profesionales, que actúen con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión, estén inscritos antes del 14 de mayo de 2025 a través de web aguasdebenahaviselsaberdelagua.es, perteneciente a Aguas de Benahavís.
No podrán participar los empleados de la compañía organizadora, Aguas de Benahavís.
SÉPTIMA. – Funcionamiento del concurso
Los detalles asociados al 1º concurso de arte urbano. Pinturas de alcantarillas, promovido por Aguas de Benahavís, vendrán identificados en el material de difusión asociado a dicha acción, no obstante, en líneas generales, se hace constar que:
– (i) La fórmula para elegir al ganador o ganadores, de cada categoría, se basará en el mérito o pericia del participante, sin que éste tenga que hacer ningún tipo de desembolso económico para participar, ya sea directamente o por medio de llamadas telefónicas, envío de mensajes de texto o de cualquier otro procedimiento electrónico, informático o telemático en el que exista una tarificación adicional.
– (ii) El ganador o ganadores de la misma se basará en la puntuación del jurado especificado para dicho concurso, sin que exista ningún vínculo personal o profesional de ninguno de los participantes.
OCTAVA.- Premios
Los premios asociados al 1º concurso de arte urbano. Pinturas de alcantarillas, se describirán en el material de difusión asociado a la acción, en el cual se identificará la naturaleza de éstas y el número de unidades.
Con carácter general, los premios quedarán sujetos a las siguientes condiciones:
– Los premios no podrán ser objeto de cambio, alteración o compensación alguna a petición del participante premiado.
– Los participantes premiados podrán renunciar a los premios obtenidos, pero en ningún caso se ofrecerá un premio alternativo, ni dicha renuncia dará derecho de indemnización o compensación.
Los premios establecidos para cada una de las categorías: senior, joven o amateur, será igual para cada uno de los ganadores:
– El primer premio otorgado en cada una de las categorías descritas anteriormente tendrá una dotación económica de: Niños hasta 16 años 300,00€; Senior 400,00€; Profesionales 750,00€).
– El segundo premio otorgado en cada una de las categorías descritas anteriormente tendrá una dotación
– El tercer premio otorgado en cada una de las categorías descritas anteriormente tendrá una dotación
NOVENA. – Elección y notificación de los ganadores
La fórmula que se empleará para la elección de los ganadores de cada categoría descrita anteriormente, se realizará con las puntuaciones recogidas el 17 de mayo de 2025 después de las intervención artística de cada uno de los participantes. De igual modo, Aguas de Benahavís podrá seleccionar también un número determinado de suplentes que optarían al premio en caso de que los ganadores previamente identificados renunciaran al mismo, no se les pudiera localizar o no cumplieran con las condiciones descritas en las presentes Bases Legales y requisitos de participación que se hubieran podido definir.
Una vez seleccionados los tres ganadores por cada categoría participante, Aguas de Benahavís, en su condición de entidad organizadora del 1º concurso de arte urbano. Pinturas de alcantarillas, se pondrá en contacto con los mismos a través de su llamamiento en la entrega de premios y en caso de ausencia, se les remitirá el correspondiente Documento de Aceptación del Premio a través de correo electrónico, el cual deben cumplimentar y enviar conforme a las instrucciones que en cada caso se indiquen.
DÉCIMA.- Fraude
En el caso de que Aguas de Benahavís detecte cualquier anomalía o tenga sospechas de que algún participante está imposibilitando el normal desarrollo de una determinada acción promocional, perjudicando los fines de la misma, o llevando a cabo cualesquiera actos fraudulentos que atenten contra su desarrollo, Aguas de Benahavís se reserva el derecho de dar de baja al participante o participantes implicados, todo ello sin perjuicio de cualesquiera otras medidas legales que estime oportuno emprender.
UNDÉCIMA.- Exoneración de responsabilidad
En este 1º concurso de arte urbano. Pinturas de alcantarillas, organizado por Aguas de Benahavís, ésta queda exonerada de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse por circunstancia imputable a terceros que pudiera afectar al desarrollo de dicho concurso y, en especial, a la entrega de los premios asociados a cada una de las categorías.
DECIMOSEGUNDA.- Reclamaciones
Cualesquiera reclamaciones que se originen por causa de la realización de este 1º concurso de arte urbano. Pinturas de alcantarilla, deberá presentarse dentro del plazo de los tres (3) meses siguientes a la fecha de celebración de la misma.
DECIMOTERCERA.- Protección de Datos
Información básica sobre Protección de Datos |
Responsable | Aguas de Benahavís, S.A. |
Finalidad | Participación en el 1º concurso de arte urbano. Pintura de alcantarillas, certificar el cumplimiento de los requisitos de participación y, en su caso, comunicación y gestión de la entrega del premio |
Datos | Nombre, apellidos, correo electrónico y domicilio postal. |
Legitimación | Consentimiento del interesado |
Destinatarios | No se cederán datos a terceros salvo obligación legal. |
Procedencia | Los datos son obtenidos del propio interesado |
Derechos | Acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, como se explica en la información adicional |
Información adicional | Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos en el portal web aguasdebenahaviselsaberdelagua.es |
DECIMOCUARTA.- Fiscalidad
De conformidad con la legislación aplicable, la fiscalidad concerniente a cada uno de los premios se regulará con base en lo siguiente:
– (i) Los premios con valor superior a trescientos con cincuenta y un céntimos de euro (300,51 €) estarán sujetos a retención o ingreso a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), la cual será practicada por Aguas de Benahavís, que soportará el importe de la misma. De igual modo, en su momento, Aguas de Benahavís expedirá la oportuna certificación que facilite al participante premiado el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
– (ii) Respecto de los premios con valor inferior a trescientos euros con cincuenta y un céntimos de euro (300,51 €), Aguas de Benahavís no tendrá obligación de aplicar la retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), sin perjuicio de lo cual, se informa a los receptores de tales premios de que los mismos tienen la consideración de ganancia patrimonial no derivada de transmisiones, quedando sujeta a tributación directa (IRPF), siendo responsabilidad de cada uno de ellos el cumplimiento de sus respectivas obligaciones fiscales.
Aguas de Benahavís no será responsable de las repercusiones fiscales que la aceptación de los premios pudiera tener en la fiscalidad de los ganadores que serán, en todo caso, por cuenta de éstos.
DECIMOQUINTA.- Autorización de utilización de nombre y cesión de derechos de imagen
Cada uno de los ganadores autoriza a Aguas de Benahavís a reproducir y utilizar su nombre, apellidos e imagen, en la publicación del Listado de participantes premiados que ésta realice, a través de cualquier soporte o medio de comunicación (TV, Internet, Redes Sociales u otros) relacionada con la acción del 1º concurso de arte urbano. Pinturas de alcantarillas, que en cada caso corresponda, en todo el mundo y con una duración temporal de dos (2) años a contar desde la fecha de aceptación del premio, sin que ello le confiera derecho de remuneración o beneficio alguno, a excepción del premio recibido. Las creaciones que pueda elaborar Aguas de Benahavís en lo referente a la publicación de este Listado de participantes premiados, serán titularidad de Aguas de Benahavís y se entenderá que, en virtud del premio recibido, el participante premiado cede en exclusiva todos los derechos de explotación sobre los mismos, en lo estrictamente necesario para el desarrollo de estas creaciones y siempre que ello no implique modificación de los datos personales del participante premiado.
Aguas de Benahavís será la legítima cesionaria de los derechos de explotación sobre las pinturas, así como de los derechos de reproducción, adaptación, distribución, comunicación pública y difusión en todos los soportes y plataformas presentes y futuras, sin limitación alguna y hasta la expiración de los derechos de autor. Todos los participantes cederán los derechos de reproducción, impresión, información para la edición de catálogos, publicidad, información en redes sociales o páginas web, etc, siempre dentro del contexto de Aguas de Benahavís y del Ayuntamiento del municipio. Las obras realizadas en este concurso no podrán ser posteriormente presentadas a ningún otro concurso ni exhibidas por parte del autor en otro contexto fuera de los usos establecidos por Aguas de Benahavís. El autor, con la participación y aceptación de las presentes bases, declara que ha obtenido y cuenta con la autorización necesaria de las personas, lugares y marcas que puedan aparecer en cada obra, siendo el único responsable de cualquier reclamación que pueda ser interpuesta contra Aguas de Benahavís por ese motivo. La presentación de las obras a concurso supone la aceptación y conformidad de estas bases.
DECIMOSEXTA.- Aceptación de las Bases Legales
La participación en las distintas acciones promocionales supone la aceptación íntegra de las presente Bases Legales y los requisitos de participación que en cada caso puedan resultar aplicables, así como la aceptación del criterio de Aguas de Benahavís en las decisiones interpretativas que de las mismas efectúe.
DECIMOSÉPTIMA.- Modificaciones
Aguas de Benahavís, en el caso de existir causas de fuerza mayor ajenas a su control, se reserva el derecho de efectuar cualquier cambio, suspender, acortar o ampliar el periodo de duración del 1º concurso de arte urbano. Pintura de alcantarillas, comprometiéndose a dar a dichas modificaciones el grado de publicidad que resulte necesario.
DECIMOCTAVA.- Legislación aplicable y fuero
La acción de este 1º concurso de arte urbano.Pinturas de alcantarillas, que Aguas de Benahavís pueda realizar se regirán por el derecho español común vigente.
Para toda controversia que pudiera surgir de la interpretación y aplicación de las presentes Bases Legales o de los requisitos de participación de este concurso, tanto Aguas de Benahavís como los distintos participantes, se someten expresamente a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales competentes, sin perjuicio del fuero que por ley pudiera corresponder al consumidor.